8 de febrero de 2017

Articulo 18: Condiciones para la probacion de la Unidad Curricular

Artículo 18: Se considera aprobada la unidad curricular cuando el estudiante haya cumplido al
menos, las siguientes condiciones: 


1.
Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos.  


2.
Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presencialesde la unidad curricular.



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